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Testamento, un tema incómodo pero necesario

Disponer de una casa, departamento o terreno puede convertirse en una carga cuando no hay un documento jurídico de por medio

Aunque para algunas personas es un tema incómodo, hacer un testamento se considera un acto de responsabilidad. Mediante esta declaración no solo podemos proteger a nuestros seres amados, sino también garantizar que nuestros deseos sean respetados al fallecer. No realizarlo abre la puerta a conflictos familiares relacionados con la distribución de los bienes, entre ellos, los inmuebles.

Disponer de una casa, departamento o terreno puede convertirse en una carga cuando no hay un documento jurídico de por medio, ya que debe iniciarse un juicio sucesorio intestamentario, en el cual se convoca a todas aquellas personas que se sientan con derecho a heredar, además de hacerse a cabo un inventario y avalúo de los bienes. “Ante la falta de voluntad de la persona, llamada testador, la ley señala la forma de llevar a cabo la transmisión de dicho patrimonio. En primer lugar, le correspondería a sus descendientes y su cónyuge. De no haberlos, se consideraría a sus ascendientes, es decir, sus padres. A falta de ellos, se contemplaría a sus hermanos. En el último supuesto se hablaría de la beneficencia pública.

LA SUCESIÓN

“Si la documentación está en orden, la tramitación sucesoria atraviesa cuatro secciones. La primera es la de sucesión, que va desde el inicio del proceso hasta que se declaran herederas a las personas y se designa un albacea. En la segunda, de inventario, se presenta toda la relación de bienes, con documentos que comprueban la propiedad o derecho sobre los mismos. También se presenta un avalúo para establecer su valor”, señala Alejandro Rivera Cano, académico de la Universidad del Valle de México (UVM).

En la sección de administración, de acuerdo con el especialista, se revisa toda la cuenta y se reconocen los adeudos, cuyo pago se realiza con los bienes que existen. En la última etapa se procede a realizar una partición, es decir, se divide el patrimonio restante y se adjudica a los herederos para que adquieran el dominio sobre éste.

No hay un tiempo determinado para que se lleve a cabo la tramitación sucesoria. Algunas pueden terminar en un periodo de tres meses, mientras que otras se alargan de manera indefinida. La sucesión puede obstaculizarse por problemas con la escritura (no contar con ella) o por conflictos entre los herederos respecto a sus derechos.

VENDER UNA CASA INTESTADA

Se conoce como propiedad intestada a la vivienda que no tiene un dueño legal y que, por ende, no puede ser reclamada hasta llevar a cabo el trámite antes mencionado.

“No se puede vender un inmueble intestado ya que, en ese momento, no tiene un propietario. Si bien existe un derecho sucesorio, éste debe formalizarse y, al final del proceso, la persona resultará adjudicada.

“Lo que se puede hacer es ceder los derechos sucesorios. Muchas veces, durante el proceso, hay alguien interesado en adquirir la porción que va a pertenecerle a una persona en esa sucesión. Éste va a comprar la parte correspondiente al final del proceso como si se le transmitiera la propiedad”, explica el también doctor en derecho civil, Rivera C. Una recomendación para evitar que este proceso se alargue más de lo debido es acordar por adelantado con todas las partes cómo va a llevarse a cabo la partición de los bienes. De lo contrario, los herederos pueden enfrascarse en una sucesión costosa, complicada y sumamente desgastante. “Para no tener problemas durante la tramitación, sobrevenido el fallecimiento, es importante tener todos los papeles que acrediten la posesión de los bienes. En inmuebles, se requiere la escritura inscrita de los mismos en el Registro Público de la Propiedad. También van a necesitarse documentos de naturaleza fiscal que avalan el estatus del cumplimiento de las cargas correspondientes, como el impuesto predial o el pago de los derechos de agua”, dice.

Si bien no es necesario preparar una lista de bienes al momento de realizar el documento, hay que mencionar al notario la ubicación exacta del inmueble, así como el nombre completo de la persona a la que se le otorgará éste, si se desea dejar algún bien específicamente a alguien.

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